"Porque el fin no justifica a los
Medios."

viernes, 9 de diciembre de 2011

Sobre la tan discutida Ley de Comunicación del Ecuador - David Samaniego Torres

¿Ley de Comunicación?


La “Ley de Comunicación” –desde hace tres años en alumbramiento peligrosamente retardado– no logra obtener una mayoría que dé cabida en su articulado a la razón y a la sensatez y que la libere de mezquinas pretensiones y del secuestro de la transitoriedad del poder, ahora en manos de una facción política empeñada, aparentemente, en la transformación de la institucionalidad ecuatoriana. El proyecto en discusión, conocido como “ley mordaza”, busca frenar a la “prensa corrupta”, impidiéndola su legítimo derecho a pensar y a expresar su pensamiento; pretende acallar toda opinión divergente valiéndose de la estructura global de poder, hábilmente trabajada, que comienza y termina en quien conduce el poder Ejecutivo, amo y señor del día a día de Ecuador, país alguna vez considerado “una isla de paz” que hoy sufre la arremetida inclemente de una despiadada violencia organizada y que a su vez enfrenta sin éxito la arremetida cada vez más estremecedora del narcotráfico. Este corto exordio nos conduce a reflexiones y conclusiones que comparto con ustedes, amables lectores de EL UNIVERSO. Hoy más que ayer, el silencio fruto del miedo, conveniencia o intencional miopía política es manifiesta complicidad en el posible descalabro de nuestra endeble democracia.

1. Escuché en un programa radial que, si por la fuerza de las circunstancias se llega a promulgar una “Ley de Comunicación”, esta debe asentarse en dos grandes pilares: la Constitución de la República del Ecuador y los Acuerdos Internacionales vigentes respecto a la libertad de expresión. Si la nueva ley, de alguna forma lesiona o contraría las normas mencionadas, significa que nace con una falla de origen, que es espuria, inconstitucional y reñida con la legislación internacional. Este pensamiento es sencillo, claro y nítido, no requiere de más palabras.

2. Jules Renard (1864-1910) decía que “escribir es una manera de hablar sin ser interrumpido”. El don de la palabra que enaltece al ser humano y lo eleva por sobre otras especies vivientes requiere de la libertad para proclamar sus ideas, para comunicarse, dialogar, intercambiar opiniones, etcétera. La palabra sin libertad, es la cárcel del pensamiento.

3. Si la palabra debe ser libremente expresada, para que sea verdaderamente humana, es obvio que puede, basada en su libertad, conculcar derechos consagrados tanto en la propia Constitución de un estado como en las declaraciones sobre derechos humanos. ¿Quién debe juzgar estos deslices o irrespeto a derechos de terceros?; pues, la Justicia, función del Estado que debe gozar de total autonomía. Si alguien dijera “lean, miren y escuchen los medios estatales; solo en ellos se dice la verdad” y al mismo tiempo tuviese injerencia en el control de medios de comunicación, es fácil comprender lo que pueda suceder.

4. La alevosía, desfachatez y la calculada arremetida, en “carga montón”, a la razón y al sentido común nublan densamente el horizonte nacional.

La comunicación no requiere de leyes específicas. La convivencia humana necesita que la Justicia cumpla con sus preceptos. La Justicia no tiene amos, obedece únicamente a la ley que propicia el respeto al derecho de los demás.

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